1. El no uso de las instrucciones y prácticas, no lo exime de los pagos mensuales de la inversión acordada.
2. En caso de atraso en el pago de sus cuotas mensuales, la empresa podrá exigir sin requerimiento alguno el saldo a favor.
3. Para facilitar sus pagos el adquiriente podrá utilizar los medios registrados al respaldo de la presente remisión.
4. El pago de las cuotas no constituye un sistema de financiamiento, sino una modalidad de cumplimiento del precio total pactado. Este podrá realizarse en un solo pago o en cuotas mensuales, conforme al plan definido en la Nota de Remisión. El retraso en una (1) sola cuota generará mora automática y la aplicación de intereses desde la fecha de vencimiento.